Tres preguntas y Tres respuestas sobre música liturgica

Iniciamos nuestras publicaciones en este blog hablando de
3 preguntas que frecuentemente nos hacemos los músicos católicos
en relación con nuestro oficio dentro de la liturgia.
1.
¿Es verdad que el canto para la salida debe ser
un canto mariano?
Por tradición en algunos países latinoamericanos como
Colombia, la costumbre es precisamente cantarle a la Santa Madre en el momento
posterior a la bendición y despedida del sacerdote. En otras latitudes se
recomendará un canto de acción de gracias o simplemente una melodía en un
instrumento como el Órgano. Sin embargo, en la Ordenación General del Misal
Romano (OGMR) donde encontramos las recomendaciones sobre qué se canta durante
la liturgia no existe nada al respecto, parece ser que no tiene ningún sentido
acompañar musicalmente la salida del templo de los feligreses. Las cosas así,
podríamos inferir que si tomamos la decisión de cantar algo, podríamos escoger
cualquier canción de contenido religioso, dejando siempre dicha elección a discreción
del sacerdote o el músico líder con mayor formación litúrgica.
2.
¿es verdad que la iglesia como institución
rechaza instrumentos como la batería o la guitarra eléctrica dentro de la
liturgia eucarística?
Otro de los documentos que debe ser guía en nuestra labor
dentro de la liturgia es “Musicam Sacram” que si bien es de 1967, fue creada
con una visión amplia sobre nuestra labor, al respecto de los instrumentos
admitidos dice en su numeral 62:
Los instrumentos musicales pueden ser de gran utilidad en las
celebraciones sagradas, ya acompañen el canto, ya intervengan solos. «Téngase
en gran estima en la Iglesia latina el órgano de tubos, como instrumento
musical tradicional, cuyo sonido puede aportar un esplendor notable a las
ceremonias eclesiásticas, y levantar poderosamente las almas hacia Dios y hacia
las realidades celestiales.
En el culto divino se pueden admitir otros instrumentos, a juicio y con
el consentimiento de la autoridad eclesiástica territorial competente, siempre
que sean aptos o puedan adaptarse al uso sagrado, convengan a la dignidad del
templo y contribuyan realmente a la edificación de los fieles.
Por otro lado en el numeral 119
del Sacrosantum Concilium dice:
Como en ciertas
regiones, principalmente en las misiones, hay pueblos con tradición musical
propia que tiene mucha importancia en su vida religiosa y social, dése a esta
música la debida estima y el lugar correspondiente no sólo al formar su sentido
religioso, sino también al acomodar el culto a su idiosincrasia (…)
Podemos determinar que la respuesta a nuestra pregunta
inicial es NO, la iglesia no rechaza instrumentos como la batería o la guitarra
eléctrica dentro de la liturgia, parece que el rechazo no estaría en el
instrumento como tal, sino en el uso que le demos a estos, la pertinencia con
el momento de la misa o tiempo litúrgico o simplemente con el buen gusto que
tiene el músico para usarlo en la liturgia. En este sentido muchos estarán de
acuerdo con nosotros al afirmar que en ocasiones los sacerdotes se niegan a que
instrumentos como la batería se usen en la misa, a causa del baterista, que se
niega tocar en volumen suave la batería incluso en las canciones que no son de
alabanza activa, otra razón es porque algunos de los ministerios tienen poca experticia con los instrumentos y en cambio de enriquecer la piedad se convierten en distractores. Pero reconocemos que en otras ocasiones los sacerdotes impiden
ciertos formatos instrumentales porque son de corte tradicionalista. Este es un
tema de amplio análisis.
3.
¿una misa con cantos litúrgicos es una misa con
cantos tradicionales?
Es falso creer que los únicos cantos litúrgicos a los que
tenemos acceso son los cantos con sonoridades desagradables a nuestro
parecer. El concepto de canto litúrgico no esta sujeto al tipo de música, al
ritmo (Rock y Pop) o al formato (organista-coro o batería-guitarra-teclado-voces),
pero si al carácter al que debe obedecer dentro de la misa y al contenido
lirico (letra) que corresponde para cada intervención musical, por ejemplo: el
canto para el Señor ten piedad debe obedecer a un carácter piadoso y aclamativo
de provisto de festividad cuyo contenido debe ser la aclamación de misericordia
Señor ten piedad, Cristo ten piedad Señor
ten piedad, pero estos dos elementos obligatorios no son obstáculo para que
el canto se haga desde un ambiente sonoro (armonía-ritmo-formato) moderno. Tampoco
se puede descartar que podríamos hacer adaptaciones o arreglos a esas canciones
tradicionales y tampoco que como músicos católicos estamos llamados a valorar
nuestro tesoro musical.
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